viernes, 26 de mayo de 2017

CONSOLIDACIÓN RESPUESTAS CASO No. 4
GRUPO 3
LEGISLACIÓN LABORAL

Enunciado:
La Colina S.A.S., es una empresa dedicada a la fabricación y venta de fuegos artificiales. El día 20 de octubre de 2016, ocurrió un accidente nefasto. La pirotecnia que se guardaba en el establecimiento se accionó por una colilla de cigarrillo, ocasionando una pérdida de más del 50% de la producción.
En atención a ello y con el fin de reiniciar la actividad comercial la empresa La Colina S.A.S., decide contratar para recoger los materiales incinerados a Antonio Caro y a Roberto Benavides, los cuales laborarán incluso horas extras con el objeto de reactivar prontamente la compañía.
Cabe la pena indicar que los trabajadores laborarán solamente mientras se ejecute la labor mencionada en el inciso anterior.

DEBATE:
De acuerdo a lo expuesto se solicita que usted responda los siguientes interrogantes:
  1. De los tipos de contrato que existen por su duración, ¿Cuál escogería para vincular laboralmente a Antonio y Roberto?
R:/ Teniendo en cuenta  la situación actual de la empresa no es conveniente vincular estas dos personas con un contrato a termino fijo ni indefinido ya que no cuenta con garantías para respaldar la permanencia de un contrato de este tipo y asegurando la ocupación de los trabajadores constantemente, además que teniendo en cuenta la situación sufrida por la empresa no cuenta con los recursos económicos para obtener una carga laboral innecesaria por lo que el Contrato más viable firmar un Contrato por Obra o labor, ya que este se celebraría durante el tiempo que demore la realización de la obra por la cual se realizó el contrato. Por lo que es importante que se realice la firma escrita y formal del mismo, en aras de que se especifique el tipo de obra a realizar, evitando cualquier reclamo o inconveniente al momento de finalizar el contrato, por lo cual cabe aclarar que para este tipo de contrato se deberán cancelar todas las prestaciones sociales de ley y de acuerdo al tiempo trabajado.



  1. Calcular las horas extras y recargos del mes de acuerdo a la tabla que a continuación se detalla.

RECARGOS MES DE NOVIEMBRE 2016
RECARGO
ANTONIO CARO
ROBERTO BENAVIDES
HORAS EXTRAS DIURNAS
20 horas
16 horas
HORAS EXTRAS NOCTURNAS
10 horas
12 horas
RECARGO NOCTURNO
12 horas
10 horas
DOMINICAL
32 horas
32 horas
HORAS EXTRAS NOCTURNAS DOMINICAL
5 horas
5 horas

R:/ Teniendo en cuenta que no contamos con información acerca del salario a devengar por cada uno de estos funcionarios, supondremos que el valor a devengar será el de un Salario mínimo $737.717 más auxilio de transporte de $83.140. Por lo cual relacionamos el pago de extras de la siguiente manera: 


  1. Suponiendo que el contrato termine tan pronto se acabe la labor por la que fueron contratados Antonio y Roberto, indicar cuál es la figura que ampara la terminación del contrato (artículo 61 CST).
R:/ En este tipo de contrato es de conocimiento que una vez se finalice la obra se termina el contrato pero por lo general no se conoce con precisión el momento en el que este acabará a diferencia de un contrato a término fijo, pues su culminación no depende de una fecha sino de la duración de la obra.
De esta manera en el Art. 61 del Código Sustantivo del Trabajo numeral de se habla de la Terminación del Contrato, Subrogado por el art. 5, la Ley 50 de 1990, indica que:
El contrato de trabajo termina:
a)      Por muerte del trabajador
b)      Por mutuo consentimiento
c)      Por expiración del plazo fijo pactado
d)     Por terminación de la obra o labor contratada
e)      Por liquidación o clausura definitiva de la empresa o establecimiento
f)       Por suspensión de actividades por parte del empleador durante más de ciento veinte (120) días
g)      Por sentencia ejecutoriada
h)      Por decisión unilateral en los casos de los artículos 7o., del Decreto Ley 2351/65, y 6o. de esta Ley, e
NOTA: El literal h) fue declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional, sólo en los términos de la sentencia C-1507 de 2000; bajo cualquiera otra interpretación, tales normas se declaran INEXEQUIBLES.
i)        Por no regresar el trabajador a su empleo, al desaparecer las causas de la suspensión del contrato.
Tomado de:


  1. Calcular la liquidación de las prestaciones sociales, de acuerdo a las siguientes variables:
     R:/  Teniendo en cuenta que en los dos años varia el Auxilio de transporte se debe liquidar año por año y la sumatoria de cada liquidación es el total a pagar:

1.      ANTONIO CARO:
    • Duración: 6 meses
    • Salario:  $800.000
·         Inicio: 1/11/2016
·         Fin: 30/05/2017
Periodo 2016-11-01 al 2017-30-05
·         Duración: 6 meses
·         Días Laborados: 180
·         Salario: $800.000
·         Auxilio de Transporte: (2016) $77.700 (2017) $83.140
PRESTACIONES SOCIALES:
Año 2016
·         Cesantías: $146.283

·         Prima Junio: $0
·         Prima Diciembre: $146.283
·         Intereses sobre cesantías: $2.926
Año 2107
·         Cesantías: $367.975
·         Prima Junio: $367.975
·         Prima Diciembre: $0
·         Intereses sobre cesantías: $18.399
DESCANSO REMUNERADO:
·         Vacaciones (2016): $66.667
·         Vacaciones (2017): $166.667
TOTAL: $1.283.175



        2.      ROBERTO BENAVIDES
·         Duración: 5 meses
·         Salario:  $750.000
·         Inicio: 1/11/2016
·         Fin: 30/04/2017
·         Periodo 2016-11-01 al 2017-30-04
·         Duración: 5 meses
·         Días Laborados: 150
·         Salario: $750.000
·         Auxilio de Transporte: (2016) $77.700 (2017) $83.140
PRESTACIONES SOCIALES:
Año 2016
·         Cesantías: $137.950

·         Prima Junio: $0
·         Prima Diciembre: $137.950
·         Intereses sobre cesantías: $2.759
Año 2107
·         Cesantías: $277.713
·         Prima Junio: $277.713
·         Prima Diciembre: $0
·         Intereses sobre cesantías: $11.109
DESCANSO REMUNERADO:
·         Vacaciones (2016): $62.500
·         Vacaciones (2017): $125.000
TOTAL: $1.032.694